A propósito del canon



Respecto a la carta de don David Bujía Marced “Los derechos de... ¿qué autor?”, publicada el pasado 5 de junio, y a la respuesta a la misma “A propósito del canon” remitida un día más tarde por don Antonio Alférez, director de comunicación de la SGAE, me gustaría hacer un par de comentarios.

El primero, ampliando la pregunta del señor Bujía, es qué ocurre cuando yo compro un disco con obras de compositores como, pongo por caso, Beethoven, Mozart o Bach, con los derechos de autor prescritos. ¿Están exentos estos discos del canon correspondiente o, por el contrario, la SGAE también los recauda?

El segundo, es mi sorpresa ante la tajante afirmación del señor Alférez de que -copio textualmente- “En el caso de los compactos vírgenes, es cierto que algunos de estos soportes se destinan a otros fines distintos de la grabación de obras protegidas, pero se trata de un pequeño porcentaje” (el subrayado es mío). A mí me gustaría preguntarle al señor Alférez cómo se las ha apañado la SGAE para llegar a esta conclusión, ya que para que ésta fuera válida tendría que mediar previamente un estudio estadísticamente significativo y, por supuesto, independiente que lo avalara sin dejar el menor resquicio a la duda. Y a mí, qué quieren que les diga, no me parece que ese porcentaje sea tan mínimo como pretende hacernos creer la SGAE.


Enviada el 6-6-2006 a EL PAIS