Las tarifas de los teléfonos móviles (II)



En línea con lo expuesto en su editorial del día 16 de febrero, y pese a que dado su comportamiento habitual, debería estar ya más que acostumbrado, lo cierto es que me ha dejado completamente perplejo la desfachatez con la que las tres principales compañías de telefonía móvil han respondido a la obligación legal de facturar por segundos, afirmando sin el menor sonrojo que lo que pretenden es conseguir que “la modificación de tarifas tenga un impacto neutro tanto para el cliente como para la compañía, de modo que el precio medio por llamada sea el mismo”.

Teniendo en cuenta que la intención de la ley que prohíbe el redondeo no era otra que la de intentar evitar una práctica que consideraba abusiva por suponer para el cliente un coste mayor que el correspondiente al servicio realmente prestado, cabe deducir que el presunto “impacto neutro” de la unilateral modificación tarifaria lo único que persigue es perpetuar con otras formas esta práctica abusiva amparándose en una maniobra que bien pudiera ser considerada como un posible fraude de ley.

No obstante, lo que más me preocupa es comprobar como los poderes públicos, en lugar de velar por los intereses legítimos de los ciudadanos, vuelve a mirar hacia otro lado permitiendo que estas compañías sigan aprovechándose de su posición de fuerza para perjudicarnos en busca de un mayor beneficio, y si no véase también el tema de las comisiones bancarias.


Enviada el 16-2-2007 a EL PAIS