Las parejas de hecho
Por fortuna, y a diferencia de lo que ocurría en fechas todavía recientes, en España tenemos hoy una completa libertad para elegir cualquier tipo de unión entre dos personas: matrimonio religioso, matrimonio civil o simple unión de hecho; pero lo que resulta evidente es que, si podemos elegir libremente, deberemos asumir asimismo con todas sus consecuencias los pros y los contras de nuestra elección, sea ésta la que sea.
Porque es muy bonito ser pareja de hecho para lo que interesa y madre -o padre- soltera a la hora de llevar al niño a la guardería, como ocurre en algún caso que conozco; es decir, exigir derechos de forma selectiva intentando evitar las correspondientes responsabilidades, lo que puede conducir -y de hecho conduce en ocasiones- a una situación de intolerable privilegio. Como dice el refrán, quien está a las duras, deberá estar también a las maduras.
Por último, conviene no olvidar tampoco que el matrimonio civil, a diferencia del religioso, es un simple contrato entre dos personas que deciden acogerse a un régimen legal determinado, contrato que regula su situación personal y que asimismo resulta ser de libre rescisión. Por esa razón, nunca he entendido el rechazo al matrimonio civil aunque no a sus potenciales beneficios -nada tengo que objetar a quien lo asuma con todas sus consecuencias-, una actitud que encuentro hasta cierto punto similar a la de quien quisiera conducir un coche sin examinarse para obtener el carnet de conducir o la de quien pretendiera ser funcionario sin necesidad de superar una oposición.
Publicada el 30-8-2011 como comentario a una noticia en la edición digital de EL PAÍS