Conflicto diplomático



INFORME SOBRE POSIBLES REPERCUSIONES DIPLOMÁTICAS
DE LA OPERACIÓN ARMAGEDÓN
ALTO SECRETO


1.- ANTECEDENTES

Tal como viene reflejado en el Anexo 1, la Conferencia del Empíreo, convocada en su momento con objeto de consensuar entre las principales confesiones religiosas un Fin del Mundo coordinado, se saldó con un completo fracaso, al no poderse alcanzar el compromiso de un calendario común satisfactorio para todos los allí convocados.

Disuelta la conferencia, y descartada cualquier tipo de negociación posterior, el Gabinete del Supremo Hacedor estimó oportuno constituir un Comité secreto con la misión de investigar las posibles líneas de actuación, bien en solitario, bien en alianza con alguna otra religión, de cara a la proclamación unilateral del Fin del Mundo, aun sin el apoyo, e incluso con la oposición, de otras confesiones.


2.- ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN ACTUAL

Este Comité, una vez realizadas las pertinentes investigaciones, ha llegado a las siguientes consideraciones:

2a.- Dios es soberano, y por lo tanto ostenta la suprema potestad para decretar el Fin del Mundo conforme a Sus criterios, tanto en el Orbe católico como en el resto de las confesiones cristianas, sin que la división existente entre sus respectivas jerarquías haya de tener la menor consecuencia en el establecimiento de la fecha del Día del Juicio (a partir de ahora, DJ.).

2b.- Quedan fuera del apartado anterior algunas sectas (véase su listado en el Anexo 2) de escasa importancia que, pese a autocalificarse de cristianas, en realidad se trata de ramas huérfanas sobre las que el Señor jamás ha asumido la menor responsabilidad. Ahora bien, puesto que éstas en realidad no cuenta con ningún otro Dios Creador, este Comité considera justificado que sus acólitos puedan ser incluidos sin mayores problemas en el censo de los afectados por el DJ.

2c.- Los fieles pertenecientes a sectas sincréticas del tipo de la santería o el vudú, serán tratados de idéntica manera que los correspondientes al apartado 2b.

2d.- Ateos, agnósticos y réprobos varios serán asimismo incluidos en el grupo de los juzgados, correspondiéndoles a los jueces la aplicación de las sentencias oportunas sin que en ningún caso la proclamación de ateísmo les pueda servir de eximente de cara a una hipotética exclusión el DJ. En cuanto a los renegados, cuando éstos existan se aplicarán los convenios bilaterales en vigor en lo referente a los cambios de religión. En caso de inexistencia de acuerdos con la religión abrazada por el renegado, a éste se le aplicarán los mismos criterios que a ateos, agnósticos y réprobos.

2e.- Judaísmo. Los fieles judíos, pese a sus divergencias con los cristianos, veneran también al Supremo Hacedor, sin que su negativa a reconocer la divinidad de las otras dos Personas resulte un obstáculo para su inclusión en el censo del DJ.

2f.- Religiones primitivas y cultos animistas. Carecemos de jurisdicción sobre ellas, aunque debido a su escasa importancia es previsible que su inclusión en el DJ no planteara demasiados problemas por su parte. No obstante, es necesario advertir sobre el riesgo de la aparición de un conflicto de intereses con algún credo mayoritario receloso de nuestra intervención en territorio neutral.

2g.- Religiones orientales. En general creencias tales como el budismo, el hinduismo, el jainismo, el confucionismo o el sintoísmo no se muestran hostiles ante nuestros planes de desencadenar el Fin del Mundo, aunque se desentienden de ellos argumentando que tal evento no está previsto en sus respectivos corpus teológicos. Dada su postura indiferente, estimamos que pudiera ser posible llegar a algún tipo de acuerdo con ellos, aunque resultaría necesaria una negociación previa con sus representantes cualificados.

2h.- Otras religiones orientales minoritarias. Las consideraciones del apartado anterior resultan más problemáticas de aplicar en casos tales como los parsis, los nestorianos, los bahais, los drusos o los sijs, previéndose la posibilidad de dificultades con estas dos últimas a causa de sus influencias musulmanas.

2i.- Islamismo. Hemos dejado para el final el caso potencialmente más conflictivo, el de la religión musulmana en sus diferentes variantes. Dados los antecedentes estimamos que la posibilidad de alcanzar un recuerdo puede considerarse como muy improbable, cuando no remota, ya que sus responsables cualificados han rehusado siempre a acceder a cualquier tipo de negociación.


3.- CONCLUSIONES

A la vista de todo lo anteriormente expuesto, este Comité considera probado que en ningún caso resultaría factible alcanzar un consenso con la totalidad de las religiones mayoritarias, siendo difícil en algunos casos pero prácticamente imposible en otros.

Descartada por este motivo la posibilidad de una intervención global, ya que estas religiones jamás tolerarían que nos entrometiéramos en sus territorios, estimamos que resulta asimismo improcedente, por razones de coherencia y de imagen, la posibilidad de un DJ unilateral que afectara tan sólo a nuestros fieles y a los de las religiones aliadas, dado que por su propia definición el Fin del Mundo debería ser global y sin excepciones de ningún tipo. Pero puesto que hacerlo así podría provocar una crisis diplomática de consecuencias impredecibles, la situación conduce aparentemente hacia un callejón sin salida.

Por esta razón, y dado que por estar en juego su palabra el Supremo Hacedor no puede renunciar de manera definitiva al advenimiento del Fin del Mundo, recomendamos como posible solución alternativa el aplazamiento sine die de la Operación Armagedón, a la espera de que en un futuro la coyuntura interreligiosa sea más favorable para nuestros intereses. Aunque resulta extremadamente difícil establecer plazos concretos, estimamos como demora previsible un retraso de entre uno y dos milenios, un plazo de tiempo aceptable por su brevedad pero lo suficientemente prolongado para que los mortales puedan evolucionar hacia cotas de mayor racionalidad, lo que acabaría influyendo en los responsables de sus respectivas religiones.

Así pues, recomendamos esperar hasta que, una vez concluido este plazo, pueda realizarse una nueva evaluación de la coyuntura interreligiosa.


Raimundo de Peñafort
Presidente de la Comisión


Publicado el 27-2-2007 en el Sitio de Ciencia Ficción